Ante la necesidad de ordenar la circulación, ingreso, carga y descarga de vehículos pesados y teniendo en cuenta el crecimiento del parque automotor que afecta la zona centro de Maldonado, la Intendencia de Maldonado realizó algunos ajustes extendiendo la regulación a todo el año.

 

La resolución Nº 08710/2023 (deja sin efecto a la Nº 09231/2015), regula de manera diferencial dentro del departamento de Maldonado, la circulación de vehículos en general y a otras actividades, destacándose entre otras medidas la regulación anual y la prohibición de circulación de vehículos de transporte de carga en el centro de la ciudad de Maldonado.

Estás variantes se aplican a los efectos de tener una visión global del uso del espacio vial en las zonas urbanizadas del departamento de Maldonado, que permitirán el mejor aprovechamiento de las vías de tránsito y descongestionarlas, frente a los innumerables problemas de circulación que se están registrando ante el crecimiento del parque automotor.

Para aquellos vehículos cuya carga máxima autorizada sea de 5.000 hasta 10.500 kilos, el horario permitido para ingresar a la zona comprendida por avenidas Juan Antonio Lavalleja y Batlle y Ordoñez hasta calles Román Bergalli, 19 de abril, Cachimba del Rey, 3 de Febrero y avenida Joaquín de Viana (microcentro) será desde las 20.00 a las 10.00 horas del día siguiente.

La misma restricción se aplica para la zona comprendida al Sur de la calle 31 de la península de Punta del Este. Asimismo queda prohibida la circulación por los puentes ondulantes sobre el arroyo Maldonado (Leonel Viera y Puente 2) de vehículos cuya carga máxima autorizada supere los 5.000 kilos.

Hay que pedir permiso

A todo esto, los cortes de pavimentos deberán ser solicitados ante la dirección General de Obras y Talleres de la Intendencia de Maldonado, y previamente coordinados con la dirección general de Tránsito y Transporte. Salvo en los casos de emergencia, que se deberá dar aviso solamente a esta última dependencia de la comuna.

La regulación para alta temporada será a partir del día 15 de diciembre de cada año y hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, en las ciudades de Maldonado, Punta del Este y Piriápolis, así como en los balnearios y/o urbanizaciones costeras.

Esto último incluye los balnearios Solís, Las Flores, Playa Verde, Playa Hermosa, Playa Grande, Punta Fría, San Francisco, Punta Colorada y Punta Negra (Zona Oeste del departamento); La Barra, Manantiales, El Chorro, Punta Piedras, balnearios Buenos Aires, Santa Mónica, La Juanita y Faro de José Ignacio.

Quedan exceptuados de todas las restricciones mencionadas, los vehículos de emergencia en general, así como los camiones del servicio de recolección de residuos, que tengan justificado su ingreso a las zonas mencionadas en la nueva resolución de la IDM.

e-max.it: your social media marketing partner