Entre las principales disposiciones, se establece que los turistas deberán portar documentos válidos, tanto físicos como digitales, incluyendo identificación personal, licencia de conducir y comprobantes de seguro. Además, será indispensable acreditar la propiedad o posesión del vehículo mediante la matrícula y el VIN, número de identificación del vehículo como dato de origen propio y único de cada automotor, sin importar su categoría, marca o antigüedad.

 

Ante el incremento de turistas en el comienzo de la temporada estival, la dirección general de Asuntos Vehiculares (DAV) del Congreso de Intendentes, recuerda la documentación exigible a vehículos y conductores extranjeros para circular en forma reglamentaria por rutas y ciudades de nuestro país.

Los turistas deberán portar documentos válidos, tanto físicos como digitales, incluyendo identificación personal, licencia de conducir y comprobantes de seguro. Además, será indispensable acreditar la propiedad o posesión del vehículo mediante la matrícula y el número de identificación del mismo (VIN).

El Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive) permitirá a las autoridades acceder a información sobre multas y contravenciones de vehículos extranjeros. Los conductores deberán saldar cualquier deuda antes de abandonar el país, utilizando las herramientas digitales habilitadas para este propósito.

Sobre consulta y pago de multas, los turistas pueden verificar y abonar sanciones de tránsito aplicadas a través de la plataforma web/app del Sucive, que admite medios de pago internacionales. También se destaca el reconocimiento de documentos digitales emitidos en los países de origen de los turistas.

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