Desde la Intendencia de Maldonado se aprobó nueva reglamentación para el destino, equipamiento, tratamiento y usos de áreas de pasivas en la rambla de Piriápolis.

Por medio del decreto 3898 de la Intendencia de Maldonado, se impuso una nueva reglamentación para regular el destino, equipamiento, tratamiento y usos de áreas de pasivas en la rambla de Piriápolis.

Esta reglamentación surge de común acuerdo entre el Municipio de Piriápolis y la Subdirección General de Planeamiento Urbano y Territorial, quienes elaboraron un conjunto de normas tendientes a optimizar el uso de los espacios de las pasivas y potenciar el paseo marítimo, poniendo en valor el frente costero. 

Su objeto es definir y regular parámetros en edificaciones ubicadas en la rambla de Piriápolis, detersminada por el Artículo 260º del Decreto Nº 3898 que cuenten con la pasiva, determinando los destinos, equipamiento, tratamiento y usos del área comprendiendo tanto el área cubierta generada por la pasiva, como la terraza sobre ésta y los edificios que las contienen.

La citada zona fue declarada protegida por la actualización de la reglamentación del Decreto 3595 presentada por la Comisión Asesora de Zonificación Industrial y Comercial

De acuerdo con esta normativa, se permitirá el uso de la zona pasiva solamente a aquellos comercios que permanezcan abiertos seis meses consecutivos como mínimo, y que cumplan con las medidas impuestas en la reglamentación.

Documento completo: Resolución Nº 05324/2015

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