A pesar de que la normativa para la colocación de sombrillas y camastros de edificios y complejos es muy clara en Maldonado, éste verano se denuncian muchas situaciones violatorias de la misma. Tráileres estacionados donde lo tienen prohibido y sombrillas y camastros sin uso en las playas son algunas de las situaciones constatadas.

En setiembre de 2015, la Intendencia de Maldonado dispuso, mediante la resolución Nº 06542/2015, un conjunto de condiciones en cuanto a la prestación de servicios de sombrillas y reposeras en las playas de todo el departamento, con lo que se pretendió evitar abusos e incidentes.

Las solicitudes que pretendieran efectuar tanto administradores como propietarios de edificios o complejos para brindar este tipo de servicio, deberían ser presentadas ante la dirección general de Higiene y Medio Ambiente, antes del 30 de noviembre de cada año.

Cada solicitud sería evaluada individualmente, reservándose la comuna el derecho de otorgarla o no, por razones de interés general. Cada autorización tendrá vigencia desde el 1° de diciembre de cada año, hasta el último día de la siguiente Semana de Turismo o Santa.

Para el otorgamiento de cada autorización, se considerará al edificio como unidad integral, no autorizándose de manera independiente a cada bloque que lo integre, salvo que estos excedan de cuatro y en ese caso se otorgarán hasta un máximo de dos autorizaciones.

Este verano, son múltiples las infracciones que cometen muchos edificios y complejos que, dejan ocupando espacios de estacionamiento los tráileres de traslado, o instaladas en las playas muchas más sombrillas y elementos que los que se están utilizando.

El servicio

Antes de la hora 9.00 de cada día, se pueden instalar hasta 3 sombrillones y 6 reposeras a una distancia no inferior a los 10 metros de la línea de la rompiente de la ola, y deberán ser retirados apenas se vayan los usuarios de la playa; sólo se podrán instalar más, si hay usuarios que los utilizarán en forma inmediata.

Los que no se encuentren en uso deben ser acopiados en la parte alta de la playa y siempre delante del pie del talud de dunas, evitando generar daños a estructuras de recuperación de la playa. De esta forma se evitará la proliferación de estos elementos sin que sean usados.

Se prohíbe la permanencia de los implementos en la zona de playa en horas de la noche y el armado de estructuras de depósito temporal o permanente, salvo las autorizaciones que se otorguen, atendiendo a razones fundadas y si hay informe favorable de los técnicos de la Intendencia.

Los administradores y/o propietarios de edificios o complejos autorizados, deberían identificar con el nombre del edificio o complejo sus implementos (reposeras, colchonetas, sombrillas y sombrillones) antes del 30 de noviembre de 2016, como forma de evitar confusiones e incidentes.

La instalación de los servicios autorizados tendrá que respetar las áreas en las que existan servicios adjudicados mediante llamados licitatorios. El ingreso o egreso de los elementos utilizados para el servicio se realizará por lugares indicados por los técnicos de la Intendencia de Maldonado.

Prolijos

Por otra parte, se reglamentó que el personal destinado al servicio de playa por parte de quienes obtengan la autorización, deberá estar correctamente uniformado con el propósito de permitir su identificación, así como también la del edificio o complejo al que pertenece.

El traslado de implementos se hará en tráileres o vehículos matriculados en el departamento, debiendo cumplir (tanto vehículos como conductores) con la normativa de tránsito vigente. Los vehículos no podrán quedar estacionados en vías de tránsito y pasajes peatonales, ni tampoco acceder a la faja costera.

Finalmente, la resolución establece que la constatación del alquiler de los implementos usados para prestar estos servicios, será causal de la revocación de la autorización otorgada, debiendo el infractor proceder al retiro inmediato de los mismos.

Ante el incumplimiento de las condiciones establecidas, y ponderando la gravedad y reiteración de la infracción, la dirección general de Higiene y Medio Ambiente podrá suspender temporalmente la autorización, retirar y/o incautar los implementos utilizados y revocarla de forma inmediata.

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(Fotos: MaldonadoNoticias)

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