La medida cobrará vigencia el lunes 11 de octubre de acuerdo a lo informado por la Secretaría Nacional Nacional del Deporte. De todos modos, se deberán observar una serie de medidas de seguridad sanitaria.
La Secretaría Nacional del Deporte, en consulta con el Ministerio de Salud Pública, a partir del lunes 11 de octubre autoriza, a propietarios o administradores de gimnasios cerrados, recintos cerrados y piscinas en espacios abiertos o cerrados, a incrementar el aforo máximo de personas que pueden ingresar al 80%.
Esto incluye el uso de espacios destinados a vestuarios o similares. Asimismo se autoriza el uso de saunas en un máximo del 50% del aforo máximo del mismo. Empero, se deberán cumplir una serie de medidas sanitarias para evitar cualquier tipo de riesgo.
Toda persona mayor de 12 años, deberá contar con el certificado de vacunación, donde conste que fueron suministradas las dos dosis de la vacuna contra el Covid-19 y ya transcurrieron 14 días de haber recibido la segunda dosis. Se deberá exhibir el certificado de vacunación impreso o digital.
El espacio cerrado debe tener ventilación adecuada que permita la circulación de aire o sistema de reciclaje de aire permanente; para el caso del uso de espacios destinados a vestuarios o similares, la permanencia no podrá exceder los 15 minutos por persona.
Los propietarios o administradores de gimnasios o lugares cerrados donde se practique la actividad, deben haber proporcionado los datos identificatorios a través de la página web www.gub.uy/snd), y designado un oficial de cumplimiento, de todas las medidas mencionadas.
Quienes no hagan uso de la facultad referida, continuarán rigiéndose por las medidas, límites y condiciones vigentes según lo dispuesto en comunicados emitidos por la Secretaría Nacional del Deporte de fecha 25 y 28 de junio del corriente.
Se deberá observar el fiel cumplimiento de cada una de las medidas precautorias establecidas, así como los protocolos oportunamente homologados por el Ministerio de Salud Pública, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente.