El Ministerio de Salud Pública (MSP) presentó el plan de acciones que desarrollará para dar cumplimiento a la Ley 19.244 y a su decreto 317/014 que prohíben la publicidad, promoción, patrocinio y exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta.

Entre las medidas a implementar se destacan la eliminación de todo tipo de elemento alusivo a marcas de tabaco en los comercios así como la aplicación de multas por incumplimiento de las disposiciones.

En 2013 la Organización Mundial de la Salud (OMS) estableció un convenio marco, al que se suscribieron 178 países entre ellos Uruguay, que en su artículo 13 recomienda la prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco.

Hasta entonces, Uruguay contaba con la Ley 18.256 de Control de Tabaquismo, promulgada en marzo de 2008, que prohibía la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco por cualquier medio a excepción de los puntos de venta.

Mediante el convenio marco de la OMS, el gobierno decidió ampliar el alcance de esta ley y fue así que en setiembre de este año se aprobó la N° 19.244 que sustituyó el artículo 7 de la anterior, e incorporó también la prohibición de de todo lo anterior en los puntos de venta.

La directora del Centro de Cooperación Internacional de Control de Tabaco (CCICT) del MSP, Silvina Echarte, explicó que a partir de esta nueva normativa los lugares de venta no podrán tener ningún tipo de elemento que haga alusión a marcas de productos de tabaco.

Tampoco se podrán exhibir el producto, los logos de las marcas y no podrán utilizar colores exteriores o combinaciones de colores que se identifiquen con productos de este orden, agregó.

A partir de ahora lo único que se podrá encontrar en los comercios que expendan productos de tabaco, según el decreto reglamentario 317/014, aprobado en noviembre de 2014, será una lista textual de los productos que se vendan con sus respectivos precios.

Esto deberá estar en letras negras sobre el lado izquierdo de una hoja de papel tamaño A4 con fondo blanco (horizontal); en la parte derecha se estampará una advertencia sanitaria con leyendas e imágenes de colores que indiquen lo perjudicial que este producto es para la salud.

Hasta el 31 de diciembre de este año los inspectores especializados en tabaco continuarán con la etapa de información y sensibilización a la población y comerciantes sobre las nuevas disposiciones de la ley.

A partir del 1° de enero de 2015 se aplicarán sanciones que pueden ir desde los US$ 1.000 hasta los US$ 20.000, así como la clausura temporal del local dependiendo de la gravedad del incumplimiento constatado, subrayó Silvina Echarte.

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