En los últimos días estalló la polémica y las interrogantes a partir de un decreto del Poder Ejecutivo -que luego se admitió fue un error-, mediante el cual los vehículos deberán ser conducidos por el titular de la libreta de propiedad o eventualmente otras 5 personas debidamente autorizadas.

 

El Decreto Nº 264 emitido por el gobierno el 24 de septiembre, que reglamentaba la Ley Nº 19.824, establecía que los vehículos deberán ser conducidos por el titular de la libreta de propiedad, o eventualmente por otras cinco personas que hayan sido previamente autorizadas por el titular.

Sin embargo, el secretario de Presidencia, Álvaro Delgado, admitió el domingo que el decreto “fue un error” por lo que sería aprobará una nueva disposición. El tema siguió en el tapete y han surgido distintas opiniones, como la del director de Tránsito y Transporte de la Intendencia de Maldonado.

Juan Pígola, defendió el decreto, porque sostuvo que permitiría avanzar en materia de fiscalización electrónica ya que se podría asociar la propiedad del coche a los conductores, además de obtener datos en caso de multas, siniestros, situaciones irregulares o hechos delictivos.

Explicó que, a través de los asesores de tránsito del Congreso de Intendentes “se trata de reglamentar los artículos Nº 39 y 40 de la Ley 19.824, fundamentalmente sobre el registro de conductores o poseedores, para transparentar el parque automotor que circula en el país”.

Pígola, indicó que existe “una gran cantidad de reclamos por parte de personas que compraron vehículos y que no tienen el registro a su nombre (transferencia) o los que vendieron sus vehículos y al no efectuar la transferencia aparecen con multas de automóviles que ya no poseen”.

El director general de Tránsito y Transporte de la IDM, agregó que “las intendencias podrían ser las que aprueban este tipo de decretos porque está dentro de sus potestades establecer reglamentaciones”, y que la idea es “que los criterios sean universales y comprendan a las 19 intendencias”.

En esa línea, se está trabajando para complementar la información y hacerla llegar al Poder Ejecutivo a través de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev). Por otra parte, la Ley N° 19.824 también hace referencia a un sistema de puntaje en la libreta de conducir.

Allí la persona contaría con una asignación de puntos y por cada sanción que se le imponga, estos se le irían descontando. Este tipo de sistema ya es aplicado en distintos países del mundo, pero también se ha comprobado que es una de las herramientas más eficientes.

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