Con la medida, expresada en un decreto, se busca establecer condiciones de igualdad entre los servicios prestados por operadores turísticos locales y las plataformas digitales. En ese sentido, se definió que las inmobiliarias dejen de ser agentes de retención para contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos cuyo plazo, comprendido entre el 1° de enero y el 9 de abril de 2023, no supere los 31 días.

 

Los alquileres de viviendas de uso turístico están gravados con el IRPF. Los agentes inmobiliarios estaban definidos como agentes de retención y, al hacer publicidad, “sentían que estaban promoviendo un producto de mayor precio y que eso afectaba su comercialización y su competencia”, explicó el ministro de Turismo.

Tabaré Viera, al hacer el anuncio este viernes 27 de enero, manifestó que el decreto firmado el lunes 23 exonera de la retención del impuesto a las rentas de las personas físicas, a los alquileres temporarios en inmobiliarias. “Es algo que el sector estaba reclamando y ahora ha sido contemplado”, sostuvo.

Asimismo, anunció que en breve se elevará un proyecto al Poder Legislativo, para su consideración, referente a la definición y reglamentación de las viviendas de uso turístico comercial. “Hoy, a través de las plataformas, un sistema informal compite deslealmente con quienes pagan impuestos”, indicó.

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