A partir del 1° de enero, las oficinas públicas no solicitarán la presentación de cédula de identidad y partida de nacimiento de forma simultánea, salvo para trámites excepcionales. La medida forma parte de un proceso de modernización y agilización de los trámites, en particular, en el Registro Civil, que procesa unas 60.000 partidas anuales.

 

El ministro de Educación y Cultura, Pablo Da Silveira, informó que, desde el lunes 1° de enero de 2024, se eliminará el requisito de presentar cédula de identidad y partida de nacimiento de forma simultánea en los trámites en oficinas públicas, con la excepción de aquellos en los que sea necesario probar la filiación, como las gestiones sucesorias.

El Ministerio de Educación y Cultura (Mec) impulsó la creación del Artículo 312 de la Ley de Rendición de Cuentas N° 20.212, que entra en vigencia el primer día de 2024, como parte de un proceso de modernización y agilización de las dependencias públicas, en particular del Registro Civil.

Esa oficina procesa unas 60.000 solicitudes de partidas de nacimiento al año, a lo que debe sumarse los documentos expedidos por los gobiernos departamentales. Para Da Silveira, la medida impactará en el funcionamiento global de la administración, ya que permitirá simplificar los trámites.

Además reduce costos y permite que los recursos humanos se enfoquen en otras gestiones de mayor relevancia. “Eso mejora la calidad de la atención”, consideró el titular del Mec al realizar el anuncio.

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