El mismo alcanza a quienes tengan adeudos de tributos, precios y otros ingresos públicos con la Intendencia Departamental, quedando excluidos los impuestos determinados por Ley Nacional (Contribución Inmobiliaria Rural, Impuesto a los Remates y Semovientes).

 

El plan de facilidades para abonar deudas de distintos tributos entró en vigencia el martes 1º de agosto de 2023 y, a través de la nueva resolución se extiende hasta el miércoles 31 de julio del presente año. Existe la posibilidad de realizar los pagos tanto al contado como con financiación.

En ese marco, se prevé la exclusión de multas y recargos, y actualización de la deuda por el Índice de Precios al Consumo (IPC), desde el día del vencimiento hasta el 31 de diciembre del ejercicio inmediatamente anterior a la fecha de la realización del convenio respectivo. El saldo resultante se convertirá a Unidades Indexadas (UI) a esa misma fecha.

La resolución también amplía el plazo de funcionamiento de la Comisión Especial creada por resolución del Ejecutivo Departamental, hasta el 31 de julio del presente año.

Podrán ampararse quienes acrediten ser propietarios, promitentes compradores o promitentes vendedores con promesa inscripta, usufructuarios y los poseedores con sentencia judicial firme declarativa de la posesión, o declaración jurada con firma certificada que declare la calidad de poseedor.

e-max.it: your social media marketing partner