El Poder Ejecutivo decretó la creación del Sistema Nacional Ambiental (SNA), que estará encabezado por el Presidente de la República y cuyo cometido será fortalecer, articular y coordinar las políticas públicas de Uruguay para proteger los bienes y servicios que brindan los ecosistemas.

El SNA, liderado por el Presidente de la República o quién él designe como su delegado, reunirá al Gabinete Nacional Ambiental, OSE, Inumet, Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático y variabilidad (SNRCC), la Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático (SNAACC) y al Sinae.

Entre los cometidos del SNA, se encuentra el diseño de políticas públicas que protejan los bienes y servicios que brindan los ecosistemas, promuevan la conservación y el uso racional de las aguas y den respuestas incrementando la adaptación al cambio climático.

También deberá preparar un Plan Nacional Ambiental que guíe y articule las visiones y líneas de acción de los distintos actores de ámbito nacional, departamental y municipal. El Congreso de Intendentes y otros organismos podrán participar en el diseño e implementación de actividades específicas.

El Gabinete Nacional Ambiental, estará constituido por el Presidente de la República, el secretario de la SNAACC y los ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Ganadería Agricultura y Pesca, Industria Energía y Minería, Defensa Nacional, Salud Pública y Economía y Finanzas.

Sus cometidos serán proponer una política ambiental integrada y equitativa para un desarrollo nacional sostenible y territorialmente equilibrado.

Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático, fue creada en diciembre de 2015 y además de sus cometidos allí dispuestos tiene como misión supervisar el cumplimiento de los acuerdos del Gabinete Nacional Ambiental y prestarle soporte técnico y operativo.

También articulará acciones con otras instituciones y organizaciones que conforman el Sistema Nacional Ambiental. El soporte administrativo financiero y funcionarial será provisto por Presidencia de la República, sin perjuicio del apoyo que se determine desde los ministerios que integran el Gabinete Nacional Ambiental.

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