El Ejecutivo Departamental decidió iniciar el proceso expropiatorio de una serie de padrones del barrio Maldonado Nuevo, como forma de que 25 familias puedan regularizar su situación donde han construido hace muchos años sus viviendas, y ante el avance del proceso judicial de desalojo iniciado por los dueños de las tierras.
Por razones “de necesidad y utilidad pública, la Administración Antía resolvió la expropiación de los padrones número: 14784, 14785, 14786, 14787, 14788, 14789, 14790, 14791, 14792, 14793, 14812 y 14813, ubicados en la zona del barrio Maldonado Nuevo de la capital departamental.
En el año 2000, la Intendencia había adquirido el padrón Nº 2526 de Maldonado Nuevo, a los efectos de avanzar en la regularización de cientos de familias que estaban en carácter de ocupantes del mismo en los denominados por entonces asentamientos 6, 7 y 8.
En abril de 2001, se presentó un grupo de vecinos (figura en el Expediente 2353/01, fs. 93), reclamando su inclusión en el proyecto de regularización de toda esa zona, ya que habían sido censados pero estaban ocupando padrones linderos al anteriormente señalado.
Durante años los vecinos mantuvieron el reclamo ante el Ejecutivo y la Junta Departamental, aunque su problemática no fue resuelta hasta el momento. En el expediente 2015-88-01-04471, el mismo grupo de vecinos vuelve a presentarse reiterando la solicitud de intervención de la IDM.
En este caso fue, fue ante la administración departamental anterior, y ante el inicio del proceso judicial de desalojo que les iniciara la firma propietaria de los terrenos ocupados, donde se afincan 80 personas entre mayores y niños, conformando un grupo de 25 familias.
Según se informó en las últimas horas, durante varias reuniones con representantes de los vecinos, quedó claro que la posibilidad de adquirir los predios por parte de la comuna debería estar ligada a la aceptación por parte de éstos, de pagar luego el costo de la tierra mediante una financiación a acordar.
La expropiación
La dirección general de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud, funda su solicitud de expropiación, en "... la situación de vulnerabilidad social de las familias ocupantes, por el hecho de haber sido censadas hace más de quince años, para ser incluidas en el plan de regularización de Maldonado Nuevo”.
Además, “por encontrarse a punto de ser desalojados de sus hogares que han construido a su costo". Por su parte la dirección general de Asuntos Legales remitió las actuaciones para el dictado del acto administrativo, ya que la situación se enmarca en las previsiones del Artículo 32 de la Constitución.
La Ley de Expropiaciones Nº 3.958, declara que “es de utilidad pública la expropiación de los inmuebles necesarios para la ejecución de programas de viviendas”, lo que se configura en este caso, por lo cual se considera ajustado a derecho iniciar el proceso mencionado.
En la misma resolución del jefe comunal, se estableció comunicar lo resuelto a las direcciones generales de Asuntos Legales y de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud, y remitir las actuaciones a la Junta Departamental, que en última instancia deberá dar la anuencia correspondiente.