El Fiscal Especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, pidió en mayo de 2018 el procesamiento y prisión de cuatro oficiales del Ejército, un juez sumariante y un médico militar, por las torturas cometidas contra presos políticos en el Batallón de Ingenieros de Combate N° 4 con asiento en Laguna del Sauce, entre 1972 y 1976.

La Jueza Penal de 10° Turno de Maldonado, hizo lugar al pedido de procesamiento con prisión por violaciones a los derechos humanos en la década del ´70 en el Batallón de Ingenieros N° 4 de Laguna del Sauce, de varios militares y un médico que prestaron servicio en la citada unidad.

El magistrado, hizo lugar al pedido del Fiscal Especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, por violaciones a los derechos humanos y en especial por las torturas a las que las víctimas fueron sometidas en la citada unidad militar de Maldonado.

Se trata del primer procesamiento logrado por esta Fiscalía, que fue creada en febrero del año pasado e investiga las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. En mayo de 2018, Perciballe había solicitado el procesamiento de 6 hombres pero el Juez solo dispuso el de 2.

Plácido Gregorio Amorín, fue imputado como autor de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos; y el coronel (r) Artigas Rivera Bianchi por la autoría de dos delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito de privación de libertad.

Respecto de los 4 restantes imputados, dos de ellos ya fallecieron, la defensa de otro interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la creación de la citada Fiscalía, y sobre el último, el magistrado solicitó que continúe emplazado para que se continúe investigando.

Larga data

Las actuaciones que culminaron ahora con el procesamiento de los torturadores del Batallón de Ingenieros N° 4, se iniciaron el 31 de octubre de 2011, a partir de un conjunto de denuncias presentadas por víctimas de las violaciones a sus derechos humanos en la citada unidad.

En aquella ocasión, fueron 19 expresos políticos (tanto hombres como mujeres), los que presentaron una denuncia penal por las torturas sufridas en el Batallón de Ingenieros de Combate N° 4 de Laguna del Sauce, como parte de una convocatoria nacional impulsada por Crysol.

En su gran mayoría, los detenidos y torturados eran jóvenes estudiantes de entre 18 y poco más de 20 años que, pertenecían al Comité de Resistencia Antifascista (CRAFT) y al Movimiento Marxista (MM), grupos que se dedicaban a realizar propaganda contra la dictadura.

En el fallo, se sostiene que hay elementos de convicción suficientes para sostener prima facie que Artigas Bianchi se encuentra incurso en dos delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, en concurrencia fuera de la reiteración, con dos delitos de privación de libertad. Era el responsable de la unidad.

Por su parte Víctor Stocco, se encuentra incurso en dos delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, en concurrencia fuera de la reiteración, con dos delitos de privación de libertad. Era el responsable del S2 (inteligencia) de la unidad, quien obtuvo bajo torturas la declaración de dos detenidos.

Como subordinado del anterior, también fue procesado Nelson Silveira quien participó en los interrogatorios. La Justicia lo encontró culpable de dos delitos de abuso de autoridad contra los detenidos. Otro de los procesados es un sargento que revistó en la Oficina del S2.

Es el ya mencionado Plácido Gregorio Amorín, reconocido por varias víctimas como partícipe en las torturas, el que deberá responder como autor de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos. También fue procesado un militar que participó como Juez sumariante en varias ocasiones.

Se trata de Julio Antonio Techera, quien fue reconocido por alguna de las víctimas, y deberá responder por un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos, en calidad de cómplice, con un delito continuado de privación de libertad, también en calidad de cómplice.

Finalmente José Luis Braga que revistió como médico de la unidad y fue reconocido por distintas víctimas como quien verificara su estado físico, físico, deberá responder también por un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos en calidad de cómplice.

Sin embargo, en este caso el magistrado determinó su emplazamiento a la espera de recepcionar una prueba realizada hace varias décadas por el Sindicato Médico del Uruguay.

Conclusiones

Perciballe afirmó que durante la dictadura en Uruguay existía una “dinámica estandarizada” para el tratamiento de los detenidos, que incluía distintos tipos de torturas, como plantones, patadas en el piso, simulacros de fusilamiento, picana eléctrica y submarino (introducirles la cabeza en un tacho de agua).

Durante el cautiverio, los detenidos generalmente eran revisados por los médicos de la unidad, quienes apreciaban “las secuelas de los apremios a los que eran sometidos los indagados y, en ocasiones, para ver si era posible seguir los tormentos”, dijo Perciballe.

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