El caso ocurrió en jurisdicción de la UEVDG de Piriápolis y fue denunciado por primera vez en el mes de julio. El imputado desacató la prohibición de acercamiento dictada por la Justicia y ahora fue condenado por dos delitos y debe cumplir 10 meses de libertad vigilada.
Este lunes, la Justicia condenó a J.M.F.H., como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica agravada, en régimen de reiteración real, con un delito de desacato por incumplimiento a medida cautelar, a la pena de 10 meses de libertad vigilada.
Este hombre, en el mes de julio había sido denunciado en la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y de Género (UEVGD) de Piriápolis por parte de su expareja, quien lo acusó por amenazas y persecución. Entonces, la Justicia le impuso medidas de restricción.
Desde entonces, J.M.F.H. estaba impedido de acercarse y/o comunicarse con la mujer a la que por otra parte se le comenzó a brindar vigilancia policial permanente. Días después, la mujer volvió a denunciarlo porque estuvo cerca de su casa y la llamó por teléfono.
Ahora, condenado por los delitos mencionados, durante 10 meses estará impedido de acercarse y/o comunicarse con la víctima y portará tobillera electrónica. Durante el primer mes debe cumplir arresto domiciliario total y los otros 9 tendrá que presentarse ante la dependencia policial más cercana a su casa.
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