Se trata de un joven que estaba cumpliendo una pena sustitutiva a la prisión por otro delito cometido en balneario Playa Verde, al Oeste de Piriápolis. Esta vez entró a una casa pero huyó antes de llevarse nada, y fue detenido en la calle con dos latas de marihuana.
En horas de la mañana del viernes 5 de marzo, personal policial que patrullaba calles del barrio La Falda de Piriápolis, identificó a un joven que llevaba dentro de su mochila, dos latas conteniendo cannabis entre otros efectos personales. Se trataba de Gerardo Emanuel Susluaga Ramírez, de 19 años.
Trasladado a dependencias policiales, poco después se recibió la denuncia respecto a que un desconocido que había ingresado a una finca de la ciudad -aunque huyó antes de llevarse nada-, reunía las características del muchacho que había sido detenido poco antes.
Susluaga Ramírez quedó a disposición Fiscal y luego compareció ante la Justicia, que lo condenó a 2 años y 5 meses de penitenciaria, como autor de un delito de tenencia no para consumo de sustancia estupefaciente, un delito de violación de domicilio y un delito de hurto especialmente agravado.
Este joven contaba con un antecedente anterior del 4 de agosto del año pasado, cuando fue condenado a doce meses de libertad vigilada como autor de un delito de hurto agravado, por un robo que había cometido en diciembre de 2019 en una finca del balneario Playa Verde.
De acuerdo a lo denunciado y verificado por la Policía, desconocidos ingresaron a la propiedad mediante daños en una ventana, hurtando un televisor, bebidas y prendas de vestir. En el lugar Policía Científica recogió algunas huellas por lo que se quedó a la espera de los resultados.
Ocho meses después, se recibieron los resultados de las pericias, que indicaban que Susluaga Ramírez no sería ajeno al robo por lo que la Justicia dispuso su requisitoria; efectivos de Investigaciones de la Zona Operacional 1 procedieron a detenerlo y lo pusieron a disposición judicial.
La pena impuesta indicaba que durante un año tendría la obligación de presentarse una vez por semana en la dependencia policial más próxima a su domicilio, en tanto, durante los primeros 90 días tenía que guardar arresto domiciliario nocturno, de 22.00 a 6.00 horas del día siguiente.