Una mujer fue procesada sin prisión por un delito de omisión de los deberes inherentes a la Patria Potestad, en tanto que su hijo de 17 años, abandonado y adicto a las drogas, fue imputado como menor por un delito de hurto. Todo ocurrió en un asentamiento de Maldonado.
El pasado sábado 11, varias unidades policiales concurrieron en forma urgente al asentamiento Los Eucaliptus, al Norte de la ciudad de Maldonado, donde un grupo de personas le estaba dando una paliza a un joven que resultó ser un menor de edad.
El adolescente, era acusado de haberle robado una serie de prendas de vestir y calzado de la cuerda a una vecina, pero ya había logrado protegerse en una finca precaria en la que luego se supo, vive solo porque su madre -afincada en el mismo asentamiento- lo abandonó.
El adolescente había vendido algunas prendas a otro joven del asentamiento, y hasta a su propia madre una campera de mujer por $ 100. Cuando el comprador supo que todo era robado, intentó devolverlo, en tanto que la madre del ladrón dijo que no sabía donde su hijo había obtenido la prenda.
Radicada la denuncia por el robo de las prendas, el menor fue trasladado a dependencias policiales de la ciudad de Maldonado, al igual que su progenitora, en tanto se dio cuenta a la jueza penal de 4° turno que este domingo se hizo cargo del caso.
La magistrada, decidió iniciarle el procedimiento como adolescente infractor al menor de 17 años, por la comisión de una infracción grave, tipificada como un delito de hurto. Además, debe someterse a un tratamiento por su adicción a las drogas en la ong Beraca de Maldonado.
Ubicado el padre del adolescente, quedó a cargo del mismo por disposición de la justicia. El hombre, es el responsable de que su hijo cumpla religiosamente el tratamiento indicado por el término de 60 días, en tanto se sustancia el proceso infraccional.
La madre, E.E.T.C., de 33 años de edad, que lo abandonó sin intentar asistirlo por su adicción a las drogas, y que inconscientemente le adquirió por $ 100 una prenda de vestir sin presentir que era robada, fue procesada sin prisión por un delito de omisión a los deberes inherentes a la Patria Potestad.
Por otra parte, la jueza penal de 4° turno dispuso que en forma obligatoria, E.E.TC. sea sometida a tratamiento psicológico por un lapso de seis meses, donde eventualmente se podría determinar su inimputabilidad.