Este martes, en el plenario de la Junta Departamental de Maldonado, fue aprobado por unanimidad un Plan Departamental para la protección de la Laguna del Sauce, propuesto por la Intendencia Departamental.
Desde la Intendencia de Maldonado se solicitó aprobación a la Junta Departamental, de una serie de medidas cautelares de acuerdo a lo establecido en el Artículo 24 de la Ley Nº 18.308, en el marco del proceso de elaboración del “Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Cuenca de la Laguna del Sauce”.
Con estas medidas, se busca “implementar una estrategia de rehabilitación y restablecimiento del equilibrio del valor ecológico -natural de la Laguna del Sauce”, en consonancia con otra serie de medidas dispuestas por el gobierno nacional.
El plan establece que se suspenden los nuevos fraccionamientos, las urbanizaciones bajo la Ley Nº 10.751 y sus modificativas y Ley Nº 17.292, Sección VII Título III, en los suelos categorizados como Suburbanos, incluido el Suelo Suburbano de Actividades Productivas de Bienes y Servicios (SSI).
También se prevé que, "en los Suelos Rurales Potencialmente Transformables (SRPT), se suspenden las autorizaciones de Programas de Actuación Integrada (PAI)”.
“En los suelos pertenecientes a una franja de 150 metros en torno al perímetro del sistema de la Laguna del Sauce, en los suelos pertenecientes a una franja de 40 metros en ambas márgenes de los cursos tributarios directos (Arroyos Pan de Azúcar, del Sauce, del Salto del Agua, Pedregosa y Mallorquina), en los suelos pertenecientes a una franja de 20 metros en ambas márgenes de los afluentes a los tributarios directos y en los suelos categorizados de Fragilidad Ecosistémica (urbanos, suburbanos y rurales naturales), se suspende la aprobación de todo tipo de permiso de construcción, instalación de equipamiento o infraestructura”.
Se señala que dicha prohibición no alcanza a los permisos de construcción en trámite que se amparen a la normativa vigente, y en caso de existir elementos construidos sin autorización del Gobierno Departamental, se podrá intimar a los propietarios al retiro de los mismos.
También se prohíben los movimientos de suelo de cualquier tipo, relleno, extracción o por cualquier otro motivo; el depósito o acopio de cualquier tipo de material cualquiera sea su volumen; las actividades extractivas de áridos, cualquiera sea su finalidad; y el uso de agroquímicos, así como la incorporación de ejemplares de especies exóticas, la creación de jardines con césped y su mantenimiento.
Además, queda prohibido cualquier tipo de intervención en el bosque nativo, humedales naturales y vegetación natural en los álveos y dentro de los cuerpos de agua en la faja de fragilidad ecosistémica (franja ubicada por debajo de la cota correspondiente a la máxima creciente con un período de recurrencia de 100 años), señala la resolución.
Tampoco se permitirá el acceso directo de ganado a la laguna y en los cursos de agua que desemboquen en la misma, lo que su se podrá hacer "de forma indirecta mediante toma de agua”, establece.
En otro de los artículos se establece que en “los suelos delimitados por la Ruta Nº 9, La Ruta Interbalnearia Nº 93 (hasta el fraccionamiento de La Capuera), el límite Sur de la cuenca de la Laguna del Sauce y el límite Este de la cuenca de la Laguna del Sauce (divisoria de aguas de la Sierra de la Ballena), exceptuados los comprendidos en el numeral anterior, se suspenden nuevas autorizaciones de extracción de áridos, cualquiera sea su finalidad; movimientos de suelo, de relleno o extracción, exceptuando los requeridos para el laboreo de la tierra”.
Establece además que se intimará a los responsables de extracciones, almacenamientos y uso de aguas superficiales y subterráneas de la cuenca hidrográfica de la alaguna que carezcan de los respectivos permisos a que soliciten los mismo en un plazo máximo de tres meses desde la promulgación de dicho decreto.
El articulado señala que “la vigencia de las medidas cautelares será de un año a partir de la publicación de la presente resolución, o hasta la aprobación definitiva del instrumento respectivo”.
El contralor de dichas medidas estará a cargo de las direcciones generales de Planeamiento, Urbanismo, Higiene y Medio Ambiente (cada una en el ámbito de su competencia), con el asesoramiento de la dirección general de Asuntos Legales de la Intendencia de Maldonado.
Control y cumplimiento
Si bien la totalidad de los ediles de la Junta Departamental apoyaron este plan de protección de la Laguna del Sauce, algunos integrantes de las bancadas del Frente Amplio y del Partido Colorado plantearon inquietudes respecto al contralor de estas medidas.
Varios se preguntaron cómo se va a controlar que las medidas establecidas sean respetadas y cumplidas por la población en general y principalmente por la que habita en torno a Laguna del Sauce, al igual que los controles sobre las plantaciones y la utilización de agrotóxicos en la franja costera.
En ese sentido, el edil frenteamplista Andrés De León propuso que se establezca por parte de la Junta Departamental realizar, por lo menos una vez al año, una instancia evaluatoria sobre este tipo de medidas en el Legislativo Departamental.