La Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) convoca a audiencia pública a fin de habilitar la participación pública en relación a la solicitud de “Autorización Ambiental Previa”, presentada por Nelson Pini González, para un proyecto de explotación de arena y posterior utilización como abrevadero de ganado. La instancia será el viernes 27 de noviembre en San Carlos.

El área que se pretende intervenir se ubica en el padrón N° 1636, de la 6ª Sección Catastral de Maldonado, al Norte en José Ignacio. A los campos se accede a la altura del kilómetro 157,650 de la Ruta 9, y luego 5,500 kilómetros por un camino vecinal al Sureste, en dirección a la costa.

La audiencia pública se celebrará este viernes 27 de noviembre de 2015, a las 17.00 horas, en el Club Oriental de la ciudad de San Carlos, ubicado en calle Sarandí 802.

El proyecto

El proyecto presentado por Nelson Raúl Pini González, apunta a la explotación de arena -al Norte de José Ignacio-, sobre una superficie de casi 6 hectáreas, con el objeto de excavar un reservorio de agua para abrevadero de ganado a partir de un depósito sedimentario suelto.

Las tierras que se afectarán en este proyecto, así como las linderas, son utilizadas para el desarrollo de ganadería extensiva, de donde surge la necesidad de contar con un sitio permanente para abrevadero (laguna para que el ganado acceda a tomar agua).

Es con ese objetivo que se exige contar con la correspondiente autorización otorgada por la autoridad minera, ya que implica la remoción de grandes volúmenes de arena, lo que se enmarca en la legislación vigente para el transporte de cualquier sustancia mineral.

El traslado, requiere de un “Certificado Guía de Transporte” expedido por la DINAMIGE (Dirección Nacional de Minería y Geología), el cual se puede obtener solamente mediante la tramitación de un Título Minero (Concesión para Explotar), que es lo que se llevará a audiencia pública este viernes.

La excavación del reservorio para abrevadero, implica la remoción de unos 27.000m3 de arena a lo largo de unos 5 años. Para poder quitar la arena del predio debe contarse con la correspondiente autorización de la Dirección Nacional de Minería y Geología (DINAMIGE) a través de un Título Minero.

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