En Maldonado, al menos, se genera una gran confusión a partir de la promoción de algunos partidos políticos, de propuestas y candidaturas a la Intendencia Departamental, algo que directamente no se estará eligiendo el último domingo de este mes. A continuación encontrará todos los detalles respecto a lo que verdaderamente se estará eligiendo esa jornada.

 

El domingo 30 de junio se celebrarán las Elecciones Internas de los partidos políticos en nuestro país, en una jornada donde el voto no será obligatorio por lo cual tampoco se expedirá el comprobante del sufragio. En todo el país, se podrá sufragar entre las 8.00 y las 19.30 horas, con prórroga si a la hora del cierre hay votantes.

¿Qué se elige?

En las Elecciones Internas se eligen los candidatos presidenciales únicos por partido y los integrantes de los órganos deliberativos nacionales y departamentales, por lo cual habrá dos tipos de hojas de votación:

A) Una contendrá el precandidato a la Presidencia de la República y la lista de candidatos, titulares y suplentes, a integrar el Órgano Deliberativo Nacional.

B) La otra incluirá la lista de candidatos, titulares y suplentes, a integrar el Órgano Deliberativo Departamental.

Estarán habilitados para votar todas las personas cuyas inscripciones cívicas hayan sido aceptadas al 1° de abril de 2024, y tengan dieciocho años de edad a la fecha de las elecciones internas. Por esta razón habrán personas que, si bien tramitaron su credencial (el periodo inscripcional cerró el 15 de abril), no figurarán habilitadas en esta oportunidad.

En cuanto a los traslados: aquellos que hayan realizado el trámite en fechas cercanas o pasado el 1º de abril, figurarán habilitados con la antigua credencial. En tanto que, las nuevas inscripciones y los traslados quedarán vigentes para las próximas elecciones nacionales, a celebrarse en octubre.

En cuanto al lugar de votación, se podrá conocer el número de circuito que le corresponde y dirección del mismo en el buscador disponible en la página web de la Corte Electoral. La búsqueda se puede realizar por serie y número de credencial, o también ingresando nombre y fecha de nacimiento.

El buscador indicará si la persona está o no habilitada para votar el domingo 30 de junio. En el caso de estar habilitado, figurarán su nombre y apellido, credencial cívica, número y dirección del circuito (urbano o suburbano) y si este es accesible. Los electores siempre deberán pertenecer al circuito asignado.

En los “circuitos rurales”, podrán votar aquellos electores que no pertenezcan al circuito, siempre que su inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial cívica. También habrá “circuitos accesibles”, para quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria.

Están comprendidos aquellos a los que les correspondiera votar en un local o comisión receptora de votos que no cuente con condiciones de accesibilidad, por lo cual podrán sufragar ante un circuito declarado accesible que se encuentre dentro de la serie que les corresponde, siempre y cuando exhiban su credencial cívica.

En este caso se tomará el voto en carácter de observado simple y el votante deberá firmar la hoja de identificación y observación a modo de declaración jurada. También en la página web de la Corte Electoral se podrá chequear cuáles circuitos son accesibles en los planes circuitales de cada uno de los 19 departamentos.

En cuanto a las personas con traslado de credencial no concluido al 1º de abril de 2024, deberán emitir su voto en el circuito correspondiente a la credencial que tenían antes de solicitar dicho traslado. La presentación del certificado expedido por la Oficina Inscriptora solo acredita que el traslado está en trámite.

En consecuencia, no habilita a presentarse en el circuito correspondiente a la serie a la cual se trasladó su credencial. Además, no se tomarán votos observados por encontrarse fuera del departamento.

¿Cómo votar?

El sufragio se emitirá por orden de llegada en los circuitos electorales donde funcionarán comisiones receptoras de votos compuestas por tres miembros: presidente, secretario y vocal. También habrá un funcionario facilitador, al que el votante podrá acercarse en caso de necesitar asistencia.

La credencial cívica es el único documento válido para votar. Quienes no cuenten con el documento físico podrán renovarlo, trámite para el cual no hace falta presentar la denuncia para realizar la renovación por pérdida o robo. Pero, es importante saber que se requiere presentar los siguientes documentos:

La antigua credencial, la cédula o cualquier documento público o privado que contenga foto y en el que figuren su nombre y apellidos completos. El trámite tiene un costo de $200, que deberá pagarse en efectivo al momento de realizar el trámite. Puede realizarse el trámite en cualquiera de las oficinas electorales departamentales, sin importar dónde se encuentre inscripto.

No hay plazo para realizar este trámite, por lo que puede realizarse en cualquier momento (aunque el período inscripcional esté cerrado), y se puede concurrir a las oficinas de la Corte Electoral sin agenda.

Votantes sin la credencial

Deben concurrir al circuito que les pertenece e indicar su nombre y apellido y la serie y número de su credencial si la recuerdan. Las personas que voten en estas circunstancias necesariamente deberán figurar en el padrón o en el cuaderno de hojas electorales, de lo contrario no podrán hacerlo.

Los electores no videntes o físicamente imposibilitados podrán hacerse acompañar al cuarto secreto por una persona de su confianza o un miembro de la comisión receptora de votos, si así lo desean.

Hojas de votación

La disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos será competencia de los partidos políticos, y son sus delegados los encargados de abastecer de hojas a los circuitos durante la jornada electoral. En el caso de que el votante no encontrara la o las hojas de su preferencia podrá retirarse sin votar y volver en otro momento.

Siendo esta una elección donde el volumen de hojas de votación es muy alto, se recomienda al elector que, dentro de sus posibilidades, concurra con la hoja de su preferencia. En esta oportunidad el voto será secreto pero no obligatorio, por lo que no se extenderán constancias de voto.

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