La Comisión de Ética del Partido Nacional, se expidió respecto a la solicitud realizada meses atrás por el dirigente herrerista Rodrigo Blás para que analizara su conducta luego de conocerse que la DGI pretende aplicarle una millonaria multa por un presunto caso de defraudación fiscal. Este lunes el directorio del PN analiza el informe aprobado por unanimidad.

A mediados de agosto, y luego que el asunto cobrara amplia difusión a partir de una investigación del semanario Brecha, el propio Rodrigo Blás anunció que solicitó a la presidenta del directorio blanco, Beatriz Argimón, la instalación de la Comisión de Ética, mediante una carta que en su parte medular decía textualmente:

"Desde el 2014 se sustancia un procedimiento administrativo ante DGI y se formuló una denuncia penal a raíz del mismo, respecto a asuntos relacionados con mi actividad privada. Temas que han sido controvertidos y en los cuales me estoy defendiendo, al igual que otras personas y sociedades.

En las actuaciones de la DGI no ha estado ajeno el interés político de algunos actores, exponiéndome a mí y de esa forma a nuestro Partido de una forma no deseada.

A mis 48 años y con 35 años de militancia partidaria lejos estoy de querer ocasionar a mi querido Partido Nacional perjuicio alguno. He dedicado mi vida a defenderlo sin fatigas ni renunciamientos como lo seguiré haciendo.

De la misma forma reivindico mi derecho al debido proceso en las instancias que sean, con las oportunidades de ejercer las defensas que legítimamente me corresponden, no aceptando prejuzgamientos ni condenas anticipadas, salvo aquellas que emanen de los órganos judiciales y partidarios correspondientes.

Se trata ni más ni menos de salvaguardar garantías inherentes a la personalidad humana consagradas por la Constitución Nacional.

Por lo expuesto y a los efectos que puedan corresponder, solicito a Ud. que en forma inmediata ponga a consideración de la Comisión de Ética Partidaria la situación personal y de mi ámbito privado a la que hago mención, para que se pueda considerar en todos sus aspectos.

Quedo a las órdenes para comparecer ante dicha Comisión cuando así se me solicite”.

El informe

La Comisión de Ética del PN que se expidió por unanimidad -con la firma de Carmen Asiaín, Jorge Bartesaghi, Augusto Durán Martínez, Eduardo Lombardi y Gonzalo Lorenzo-, concluyó que: “de los elementos disponibles hasta el momento no surgen fundamentos de juicio que justifiquen en esta instancia un cuestionamiento ético al Sr. Rodrigo Blas Simoncelli”.

Para tomar esa decisión, la Comisión de Ética, consideró que Blás “tiene una actividad política notoria” en Maldonado, “habiendo sido candidato a intendente en las pasadas elecciones y liderando una de las principales listas del Partido Nacional”, en referencia al sector Unión y Cambio.

Por otra parte, sostiene que, quien lo denunció por presunta defraudación tributaria, “es una figura política notoria del Frente Amplio en el Departamento”, de Maldonado, “siendo primer candidato a la Junta Departamental por la lista 55” (en referencia al procurador Gastón Villamayor).

Asimismo, se consideró que las actuaciones se dirigen “en forma principal” contra Javipark SA, y lo hacen contra Blas “en su calidad de apoderado como agente inmobiliario” de esa empresa, que es la comercializadora de los terrenos del fraccionamiento Valle Di Saronno.

Se establece que Blás no integra el directorio de Javipark S.A. ni tiene participación patrimonial alguna en la misma, y que su inmobiliaria (Blas Propiedades) no figura “como deudora de BPS ni DGI”, y que la DGI determinó “una obligación tributaria del orden del doble de la determinada inicialmente”, que fue recurrida “en vía administrativa” por Blas.

La Comisión de Ética también consideró que, según un acta notarial presentada por Blas, “una persona que fue testigo en el procedimiento administrativo ante DGI declaró ante escribano público haber sido presionada para que cambiara su declaración” ya que “de lo contrario podría ser procesada penalmente”, por lo cual optó por dar otra versión.

Además, se señala que “no surge que la DGI haya observado y cumplido con las garantías del debido proceso administrativo respecto a las personas a las que aplicó las obligaciones tributarias y la posterior denuncia penal”, sino que, al contrario, “surge de las actuaciones la existencia de vicios de procedimiento”.

Por otra parte, se agrega que, en la causa penal ni Rodrigo Blás ni ninguno de los demás denunciados, así como tampoco testigos y el denunciante ante la DGI, “han prestado su declaración aún, no existiendo auto de procesamiento y no habiéndose producido ni diligenciado toda la probanza”.

Finalmente, considera que en la acción civil “tendiente a la adopción de medidas cautelares” la Justicia “ha denegado la solicitud de la DGI de continuar prorrogando las medidas de embargo, por falta de fundamentos para ello”, aunque la DGI ha interpuesto una apelación “que se encuentra pendiente de resolución por el tribunal superior”.

Haga clic AQUÍ para acceder al informe de la Comisión de Ética del PN

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