En el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19, la dirección general de Higiene y Medio Ambiente de la IDM, estableció las pautas para la reactivación de los salones de eventos con el fin de que vuelvan a su actividad dentro de las condiciones exigidas para evitar la propagación del virus.

 

En concordancia con lo admitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP), la administración departamental aprobó lo dispuesto en la Resolución Nº 05440/2020 que permite el funcionamiento de los diferentes locales habilitados para la realización de eventos.

En caso de que se constaten incumplimientos y/o se realicen eventos en locales que no cuenten con la correspondiente habilitación, serán pasibles de sanciones que pueden llegar a la clausura del local, se remarca en las disposiciones establecidas en la resolución.

En cuanto al mobiliario, las mesas tendrán que estar al menos a dos metros de distancia entre sí, y cada una podrá estar ocupada por un máximo de cuatro personas; las sillas deberán estar separadas por un metro, y cada mesa deberá contar con alcohol en gel.

El aforo de la sala no podrá superar un persona cada cinco metros cuadrados. En tal sentido, se estableció como máximo el número de 60 personas dentro del local. Además, no se permitirá pista de baile, ni se autorizará el uso de barras, mostradores o similares para la permanencia del público.

Tampoco mesas en modalidad de “Candy Bar”, ya sea en cumpleaños infantiles o no. El horario máximo permitido con los invitados dentro del recinto será de tres horas, por lo cual el armado y desarmado del local se deberá realizar una hora antes y una hora después de terminada la celebración.

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