El gobierno departamental asigna más de $ 15 millones anuales para pases libres de personas con discapacidad o dificultad de movilidad. Pero además asigna más $ 2 millones de pesos para beneficiar el boleto de jubilados y pensionistas.

 

La Intendencia de Maldonado promueve el acceso al transporte público de personas con discapacidad, en el marco de su protección integral. Asimismo, entiende conveniente atender y apoyar con el transporte gratuito a otras personas en situación de vulnerabilidad que requieren protección social.

En ese marco, la Resolución N° 01547/2025 firmada por el Intendente Antía, establece el pago de $ 15.400.00 para el Ejercicio 2025 a las empresas de transporte colectivo -a partir del 1° de enero de 2025- por concepto de los siguientes usuarios de pases de libre de tránsito del transporte departamental:

Personas con discapacidad y un familiar en los casos en que deban viajar acompañados; y personas con afecciones que a entender del Ejecutivo Departamental tengan la necesidad de desplazamiento (seropositivos, VIH, y hemodializados, entre otros). La dirección general de Tránsito y Transporte, en coordinación con Políticas Inclusivas, se encargarán de establecer las condiciones.

Pero la Intendencia de Maldonado también destina más de $ 2 millones para beneficiar boleto de jubilados y pensionistas. La Resolución firmada por el intendente Enrique Antía, establece una actualización de los parámetros para acceder al beneficio de transporte para jubilados y pensionistas.

La inversión de $ 2.126.000 está destinada a personas cuyos ingresos individuales totales por jubilaciones y pensiones acumulados estén por debajo de 3 bases de prestaciones y contribuciones (BPC), quienes tendrán derecho a recibir un abono mensual con un descuento de 50% en el valor del boleto correspondiente.

En tanto para aquellas que estén entre 3 y 4 bases de prestaciones y contribuciones (BPC), tendrán derecho a recibir un abono mensual con un descuento del 25% en el valor del boleto correspondiente.

La resolución establece que cualquier modificación en el monto de los ingresos de cada usuario, ya sea por concepto de aumentos sucesivos en las pasividades percibidas, o por la incorporación de nuevas prestaciones jubilatorias y pensionarias que modifiquen la ubicación del usuario dentro de las franjas de ingresos definidas, deberá ser comunicada por el interesado a la dirección de Políticas Inclusivas para su reconsideración.

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