El ministro de Ambiente, Adrián Peña, firmó la reglamentación que formaliza los procesos de una distinción de buenas prácticas ambientales que se les otorgará a prestadores turísticos enclavados en áreas protegidas. Ahora comienza el recorrido junto a los postulantes, para el otorgamiento del reconocimiento, alineado al cumplimiento de los objetivos de conservación de cada área definida.
La iniciativa, que cuenta con el apoyo del gobierno de Francia a través del Fondo Francés para el Medio Ambiente Mundial (FFEM), es ejecutado por el Ministerio de Ambiente (MA), con el fin de promover y potenciar el desarrollo de modalidades sustentables de producción y consumo de bienes y servicios.
El ministro Peña destacó el valor de esta herramienta, ya que “permite identificar a quienes cumplen con determinados lineamientos de conservación” de los valores naturales y culturales de las áreas protegidas de Uruguay, y contribuyen al desarrollo local de las poblaciones vinculadas.
Se trata de una iniciativa que se inicia en la cadena productiva del turismo, pero que está previsto amplíe su aplicación a las cadenas de la pesca y la ganadería del pastizal en áreas protegidas. El jerarca sostuvo que la firma de esta reglamentación “es la culminación de un trabajo de mucho tiempo”.
El proyecto “Desarrollo de modalidades sustentables de producción y consumo de bienes y servicios en las áreas protegidas del SNAP uruguayo y sus entornos territoriales” aborda estas tres cadenas en las áreas protegidas que mantienen ese status en distintas regiones del país.
La iniciativa comprende por el momento a 5 áreas de las que integran en SNAP: Esteros de Farrapos e Islas del Río Uruguay (en Río Negro); Montes del Queguay (en Paysandú); Laguna Garzón (entre Maldonado y Rocha); Laguna de Rocha (en Rocha); y Valle del Lunarejo (en Rivera).
El ministro Peña señaló que “si bien se empieza por cinco áreas protegidas en servicios turísticos, la idea es escalar a otros productos y servicios y alcanzar esta distinción para todas las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas”, siempre contemplando las reglamentaciones que regulan su uso.
El director de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del MA, Gerardo Evia, dijo que la concreción de esta distinción es resultado de un “proceso de acumulación con el equipo del SNAP que toma como base los estándares de la norma UNIT de Turismo Sostenible y las directrices de Uso Público en Áreas Protegidas”.
Informó que se trata de una marca que es propiedad del MA, “administrada por el SNAP a través de la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos a la que se pueden postular voluntariamente los prestadores de servicios turísticos que desarrollen sus actividades dentro de las áreas”.