Dos calles de la ciudad de San Carlos llevarán los nombres de Darío Francisco “Paco” Figueredo y Juan José Crottogini.

El edil por el Partido Nacional, Nelson Balladares, realizó el planteamiento respecto a varias denominaciones de calles en la ciudad de San Carlos.

En su fundamentación el edil planteó la “problemática existente para la individualización de dos calles de la ciudad de San Carlos que nacen a partir de la calle Ubaldina Maurente de Rodríguez hacia el oeste y que los vecinos de ambas citan como continuación de la calle Treinta y Tres de dicha ciudad”.

Detalló que las calles estaban identificadas como Oficial Nº 152 y Oficial Nº 154 respectivamente y “que en ambos casos carecen de la designación correspondiente”.

Por lo cual propuso destacar el nombre de Darío Francisco “Paco” Figueredo, “quien tuvo destacada participación en el ámbito educativo, social y político de nuestro departamento. Se desempeñó como maestro en la Escuela Nº 3, fue subdirector de la Escuela Nº 8 y secretario de la Escuela Industrial de San Carlos”.

Además “fue edil departamental por el Partido Nacional e integrante del Comité Patriótico y Directivo del Rotary Club. También ocupó la Presidencia del Club San Carlos y fue neutral en la Liga Carolina de Fútbol”.

En el mismo sentido también se propuso el nombre del doctor Juan José Crottogini, “quien fuera uno de los más altos exponentes de la Medicina en nuestro país, cuya vasta actuación lo llevó a ser rector de la Universidad de la República, decano de la Facultad de Medicina, presidente del Sindicato Médico del Uruguay y a integrar prestigiosas sociedades científicas en una decena de países de América y Europa, teniendo, además, una vasta trayectoria política a nivel nacional dentro del partido Frente Amplio”, fundamentó.

Por lo cual se resolvió nominar a la calle oficial Nº 152 como Darío Francisco “Paco” Figueredo Silva; y a la calle oficial Nº 154 como, doctor Juan José Crottogini Darré.

Aprobado en la Junta Departamental, el expediente será tratado por el Ejecutivo departamental a efectos de que el intendente departamental brinde su opinión al respecto.

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