La Intendencia de Maldonado recuerda a los deudores de hasta $ 10.000 por concepto de Contribución Inmobiliaria y demás tributos que se liquidan conjuntamente, que aún está vigente un régimen de facilidades. La iniciativa aprobada por la Junta Departamental en el mes de agosto, apunta a que los titulares de 26.452 padrones puedan ponerse al día con sus deudas.

El beneficio está al alcance de aquellos que adeuden tributos como impuesto de contribución inmobiliaria, impuesto general municipal, alumbrado público, tasa de conservación de pavimento y tasa forestal. En agosto pasado, se informó que estaban comprendidos titulares de 26.452 padrones.

Ampararse al plan implica la aplicación a la deuda -no mayor a cinco años-, de la variación del índice de precios al consumo (IPC) entre el mes de vencimiento de la obligación y el del mes anterior a la fecha de suscripción del convenio, a cuyo resultado se le adicionará un incremento del 12%.

Se destaca que no se exigirá, para suscribir el convenio durante los meses de enero y febrero de 2017, el pago del ejercicio del año próximo por concepto de contribución inmobiliaria y demás tributos que se cobran. Este último se admitirá hasta el 31 de marzo de 2017 con multas y recargos, si correspondiere.

Incentivo

La iniciativa de la administración Antía, fue aprobada por la Junta Departamental en el mes de agosto para posibilitar que los titulares de 26.452 padrones puedan ponerse al día con las deudas que mantienen por concepto de Contribución Inmobiliaria. Se encuadran dentro de los denominados pequeños contribuyentes.

El beneficio abarca a deudores de Contribución Inmobiliaria Urbana y demás tributos que se liquidan conjuntamente, para los cuales la totalidad de dichos gravámenes representó la suma global de hasta $ 10.000 inclusive en el ejercicio 2016, a valores del mes de febrero de este año.

El plazo para ampararse al plan vencerá el 31 de marzo de 2017 y prevé el pago de la deuda en 36 cuotas. Se computarán los últimos 5 años de la deuda (sin multas ni recargos), y se deberá abonar el importe correspondiente a 2017, 2018 y 2019 por concepto de Contribución Inmobiliaria, de acuerdo al régimen general.

El cobro de las multas y recargos de las deudas con más de 5 años de antigüedad se suspenderá hasta la cancelación efectiva de la última cuota, siempre que el contribuyente se mantenga al día con los tributos que se generen durante la vigencia del plan.

Por otra parte, las acciones judiciales para el cobro de las obligaciones tributarias, que se hubieran iniciado contra los contribuyentes acogidos al régimen de facilidades de pago, quedan en suspenso mientras se mantenga la vigencia del convenio celebrado.

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