El piloto que, conduciendo a alta velocidad una moto 600c.c. en dirección a Piriápolis, embistió y mató a un hombre de 68 años en Ruta Interbalnearia en abril del año pasado, fue condenado a 20 meses de libertad vigilada. Los abogados de la víctima y sus hijos, esperaban una pena más ejemplarizante.

 

La Jueza Ana María Guzmán, condenó a M.A.P.C., de 28 años, a 20 meses de libertad vigilada como autor de un delito de homicidio culpable, tiempo durante el cual solamente deberá presentarse una vez a la semana ante la seccional policial más próxima y no podrá conducir motos.

Los abogados de Randolf Martín Meoqui Martínez y la Fiscal del caso, habían solicitado 3 años y medio de prisión efectiva, en el entendido de que el piloto de la poderosa moto Kawasaki 600c.c., no conducía de forma adecuada en una zona que podía registrar movimiento de personas.

Uno de los hijos de la víctima de aquel episodio, ocurrido el sábado 21 de abril de 2018, dijo a MaldonadoNoticias que, “esperábamos que fuera a prisión”, porque aunque a su padre no lo recuperará, sería un buen mensaje para la sociedad y para quienes conducen ese tipo de vehículos en forma irresponsable.

El caso fue cerrado este viernes 13 de septiembre, luego de 6 audiencias de un juicio oral y público que se inició el jueves 22 de agosto y que incluyó días atrás la reconstrucción del siniestro. Los peritajes establecieron que la moto se desplazaba a una velocidad de entre 117 y 143 kilómetros/hora.

Además, que se detuvo tras una frenada de 100 metros, luego de embestir violentamente al sexagenario a la altura de la línea demarcatoria de la banquina y la calzada. Entre las graves lesiones sufridas por Meoqui, que falleció en el lugar, sufrió amputación de un brazo que quedó a 60 metros del impacto.

La parte demandante, insistió que la actitud del motociclista era previsible, que las condiciones climáticas y de visibilidad eran inmejorables a hora que ocurrió el siniestro, en una zona donde se sabe que puede haber circulación de personas, porque, entre otras cosas, hay una parada de ómnibus.

El comienzo

El siniestro ocurrió el sábado 21 de abril, sobre la hora 17.30, a la altura del kilómetro 112 de Ruta Interbalnearia, entre el ingreso al aeropuerto internacional Punta del Este y la entrada a la base aeronaval Capitán Curbelo, cuando la víctima cruzaba la ruta de Norte a Sur.

A fines de mayo del año pasado, el Juez Penal de 4° Turno de Maldonado, formalizó a M.A.P.C. por la presunta comisión de un delito de homicidio culpable, disponiendo como medida cautelar, el cierre de fronteras y la prohibición de salir del país con retención de documentos de viaje.

Randolf Martín Meoqui Martínez, realizaba ejercicios como lo hacía habitualmente desde hacía muchos años, trotando desde La Capuera -fuera de la banquina de la mano al Oeste de Ruta Interbalnearia-, y retornando desde el kilómetro 112 donde se produjo el embestimiento.

Según un hijo de la víctima, el hombre gozaba de perfecto estado de salud y hacía periódicamente ese recorrido, cruzando la ruta para retornar hacia La Capuera en ese punto, precisamente por la amplia visibilidad. Esa tarde, el imputado circulaba al Oeste junto a otro motociclista, hacia Piriápolis.

El impacto fue de tal magnitud, que tanto Meoqui Martínez como M.A.P.C. salieron despedidos varios metros. El motociclista sufrió diversas lesiones de las que afortunadamente se recuperó, en tanto el peatón, falleció prácticamente en el momento a pesar de la asistencia que le prestaron.

En esa zona de la Interbalnearia, la velocidad máxima permitida de circulación es de 90 kilómetros a la hora, por lo que, quedó claro que el motociclista circulaba a una velocidad muy superior que no le permitió frenar o maniobrar en momentos que Meoqui cruzaba de senda.

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