La justicia penal de Melo decidió retornar a la cárcel al empresario de La Barra, acusado de pagar a una menor de 15 años para mantener relaciones sexuales. El magistrado acompañó el criterio de la fiscal de la causa, que en junio había solicitado el envío a prisión de Javier Moya.
A mediados del pasado mes de junio, la fiscal de Cerro Largo, Sabrina Flores, pidió al juez Javier Gandini que volviera a disponer la remisión a la cárcel de Pedro Javier Moya Fernández (75), por la gravedad del delito cometido y por el peligro inminente que se fuera del país.
Un año atrás, el Tribunal de Apelaciones Penal de 2º Turno había revocado el procesamiento de Javier Moya y dispuso su liberación. A fines de mayo de este año, la Suprema Corte de Justicia hizo lugar a un recurso de casación presentado por la fiscalía y dejó sin efecto el fallo absolutorio.
Ante la resolución del máximo organismo judicial, la fiscal Sabrina Flores, pidió al Juez Letrado de Cerro Largo, Javier Gandini, que dispusiera nuevamente la reclusión de Javier Moya, quien se encontraba gozando de libertad desde mediados del año pasado.
La fiscal Flores, sostuvo que el delito cometido por Moya (Artículo 4 de la ley 17.815), prevé una pena de 2 a 12 años de penitenciaría, por lo cual “el mismo se torna inexcarcelable en virtud de lo establecido en el artículo 27 de la Constitución”, salvo casos excepcionales.
Una de las excepciones, puede ser “cuando se ha vulnerado el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, excepción no aplicable a la situación” de Javier Moya, por lo que en este caso no se admite “que el imputado aguarde la sentencia en libertad”.
Por otra parte, la representante del Ministerio Público entendió necesaria la prisión preventiva, “como medida cautelar tendiente a evitar que el imputado impida el desarrollo eficiente de las investigaciones o intente eludir la acción de la justicia a la luz del caso concreto”.
Recordó que las actuaciones para ahondar en el caso, se suspendieron debido a la decisión del Tribunal de Apelaciones Penal de 2° Turno. “… que el encausado se encuentre en libertad sin duda significa un peligro inminente y real de que pueda llegar a frustrar prueba pendiente por diligenciarse”, sostiene la fiscal.
“También debemos tener en cuenta la situación personal y económica del encausado, a saber, una persona de 75 años, profesor de antropología, empresario y propietario de reconocido Hotel en la Barra de Maldonado, español, para poder afirmar que el peligro de que el mismo se ausente del país es real e inminente”, advirtió la fiscal.
A la cárcel
En las últimas horas, el Juez Letrado de 1ª Instancia de Cerro Largo de 1er. Turno, doctor Javier Gandini, dispuso el reintegro a prisión de Moya, procesado por un delito de retribución a persona menor de edad para que ejecute actos sexuales, luego de que la SCJ revocara la sentencia de un Tribunal de Apelaciones.
El magistrado sostuvo que "el fallo de la Corte al revocar la sentencia de segunda instancia vuelve la situación al punto original, al procesamiento con prisión, a los efectos que se dé inicio al proceso penal", lo que implica que el empresario acusado de pagar a una adolescente de 15 años para tener sexo, vuelva a prisión.
Finalmente, Gandini señala que, "en definitiva se cumple con la normativa constitucional y legal, los estándares interamericanos que refieren a fines procesales de naturaleza cautelar” y con lo establecido en la sentencia de la SCJ que confirmó el procesamiento, “por lo que se dispondrá su reintegro a prisión".
El proceso
Por sentencia del 31 de diciembre de 2013 se dispuso -entre otros- el procesamiento con prisión de Javier Moya imputado de la comisión en calidad de autor de un delito de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o incapaces para que ejecuten actos sexuales eróticos de cualquier tipo.
La defensa interpuso los recursos de reposición y apelación contra el auto de procesamiento. El 26 de febrero de 2014 se resolvió “la reposición” manteniendo lo resuelto en todos sus términos y franqueando el recurso de apelación ante un Tribunal de Apelaciones.
Por sentencia de segunda instancia del 4 de junio de 2014, dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° Turno se resolvió en mayoría, revocar parcialmente “la sentencia interlocutoria de primera instancia en cuanto dispuso el enjuiciamiento y prisión de P.J.M.F. y, en su mérito”, se decreta la clausura y archivo de las actuaciones.
Con fecha 16 de junio de 2014, se presentó por parte de la Fiscal Letrado Nacional en lo Penal de 1er. Turno, un recurso de casación contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Penal de 2° Turno. La SCJ dio lugar al recurso que fue evacuado por la defensa.
Por Sentencia del 21 de mayo de 2015 la SCJ falló lo siguiente: “Revocase la impugnada y, en su lugar, confírmase el auto de procesamiento dictado en primera instancia respecto del imputado”, Javier Moya, tras lo cual surgió el nuevo pedido de prisión de la fiscal Sabrina Flores.
(Foto: El País)