Desde diciembre y hasta la segunda quincena de abril se prohíbe, en todo Uruguay, la realización de fuegos y quemas al aire libre sin autorización. El Sistema Nacional de Emergencias (Sinae) recuerda que la imprudencia, el descuido y la intencionalidad son conductas penadas por ley.

El Sinae comunicó la aplicación del Decreto N° 436/007, que cuenta con un plan general de acción para la prevención, alerta y respuesta a los incendios forestales, obliga al mantenimiento de predios y exhorta a todas las personas extremar el cuidado en el uso de fuegos artificiales.

El incendio es un delito penado con entre 12 meses de prisión y 16 años de penitenciaría. Por otra parte, el Artículo 2° de la Ley N° 15.896 establece que las multas se graduarán, según su gravedad, con entre 10 y 200 unidades reajustables (UR).

Prevención

En distintos puntos del país, comenzaron las tareas de mantenimiento de cortafuegos y limpieza de predios. Además, se realizarán vuelos regulares de vigilancia en los meses de aplicación del decreto y se trabaja en forma permanente con Bomberos y las Secciones de Apoyo a Emergencias del Ejército.

Por otra parte, la maquinaria para el combate de incendios forestales y de campo (chipeadoras, motosierras, minicargadores) donada por el gobierno chino en 2017, incluyó equipamiento informático y de telefonía celular para los Centros Coordinadores de Emergencia Departamental (Cecoed).

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