El edil frenteamplista Fermín de los Santos (738) realizó en la sesión del martes 6 de septiembre de la Junta Departamental, un enérgico planteo originado en el pedido de informes realizado por dos compañeros de su bancada hace más de 3 meses, vinculado al boleto del transporte de pasajeros en Maldonado y que no ha tenido respuestas.
Fermín De los Santos (738), reclamó en el plenario de la Junta Departamental de Maldonado, por el pedido de informes realizado a la administración, hace más de 3 meses y cuya única respuesta fue que se estudia “la viabilidad legal de brindar información”.
Explicó que mediante el expediente 2017-88-02-00101 (0197/2017 de la Junta Departamental, se tramitó un pedido de informes el 3 de abril del presente año por parte de los ediles Leonardo Delgado y Federico Martínez, sobre dos temas concretos de los que no ha habido respuestas.
Uno de los pedidos a la Intendencia, tiene que ver con información sobre “los ítems y datos que se utilizan para la elaboración de la paramétrica del boleto urbano en Maldonado”, y el otro referente al “monto del dinero destinado al subsidio del boleto urbano de Maldonado”.
Según De los Santos, el pedido fue contestado por el director general de Tránsito y Transporte el 26 de abril, y “el Intendente y la Secretaría General se tomaron cinco semanas para adoptar una resolución que simplemente dice ´remítanse las presentes actuaciones a la Junta Departamental para conocimiento de los ediles requirentes´.”
Denunció que la respuesta fue incompleta porque “se remitió la paramétrica utilizada para calcular el último aumento, y los números de cada ítem vigentes antes del aumento, pero no se remitieron los datos de las variaciones de cada uno de ellos que la Intendencia utilizó para calcular la nueva tarifa y el aumento correspondiente”.
Remarcó que no se explicitó cuales fueron las variaciones del dólar, del IPC, de los salarios y del gasoil “que se tuvieron en cuenta para el período considerado”, por lo cual se decidió el 23 de mayo realizar otro pedido a la dirección de Tránsito para que ampliara la información.
En esa ocasión se solicitó lo siguiente:
“1. Secuencia detallada de las paramétricas utilizadas para calcular las variaciones de la tarifa del transporte urbano desde el aumento de setiembre de 2015 en adelante, a saber:
- a) los elementos componentes en la paramétrica base de cada cálculo de tarifas;
- b) las variaciones porcentuales de cada uno de estos ítems en cada oportunidad;
- c) la nueva paramétrica resultante en cada oportunidad;
- Detalle de cualquier otro elemento que se haya utilizado para ajustar las paramétricas (información de costos de las empresas, cantidad de boleto vendidos, etc.)
- Cantidad de boletos vendidos desde 1 de enero de 2015 hasta la fecha, detallados por:
- a) tipo de boleto (local, 1, 2, etc.)
- b) mes
- c) empresa
- d) por período entre ajuste de tarifa;
- Toda otra información de carácter económico y contable, y justificante de los niveles de costo de las empresas, que haya sido requerida y presentada por estas.
- Monto de las partidas de los varios tipos de subsidio del sistema, vertidos por la Intendencia (con recursos propios o del MTOP) que se hayan efectuado en el período comprendido desde el 1º de enero de 2015 en adelante.
- Copia de los balances de las empresas que obren en poder de la Intendencia.
A otro lado
Fermín de los Santos dijo respecto a este nuevo pedido, que el 1° de junio el director general de Transito firmó el “Pase a la Dirección General de Asuntos Legales, a los efectos de informar sobre la viabilidad legal de brindar información sobre los puntos N° 4 y N° 6, correspondientes a la nota adjunta en actuación N° 1”.
Agregó que el mismo día, la directora general de Asuntos Legales estableció: “Vista la consulta efectuada, siga a la Sra. Directora de Asesoría Jurídica, Dra. Daniela Trotta para su informe”, y que al 6 de septiembre, la información no se ha remitido “porque no se sabe si es viable legalmente dar la información de los puntos 4 y 6”.
Para De los Santos la excusa es agraviante y preguntó “¿qué cosa es lo que no saben si se puede informar?”, y si alguien le podría responder que razones habría para que “un edil no pueda conocer la información económica y contable de las empresas que son usufructuarias de un servicio público regulado por la Intendencia, información que es decisiva para analizar las tarifas de dicho servicio”.