Los ministerios de Salud Pública (MSP) y de Desarrollo Social (Mides) elaboraron un documento donde se detallan las medidas a tomar en los establecimientos de larga estadía para personas mayores (ELEPEM) frente a la pandemia por la Covid-19, y tras el estallido de focos en tres de ellos en la capital del país.

 

El documento se suma al protocolo publicado días atrás, “Recomendaciones para los ELEPEM para la prevención y actuación frente a la Covid-19”, donde se plantean las estrategias y metodologías de actuación tanto en casos confirmados como de contacto.

Las personas positivas de Covid-19 en los ELEPEM representan un problema de salud pública debido a que son personas con alta dependencia física y cognitiva, con múltiples enfermedades en general, lo que hace de ellas una población especialmente vulnerable a esta infección y sus complicaciones más graves.

Asimismo, necesitan ayuda intensa y diaria para su higiene, desplazamientos y comer, lo que implica una alta intensidad de contacto físico con los cuidadores. Viven muy próximos unos a otros y con muchos espacios diseñados para actividades colectivas que favorecen la transmisión de la enfermedad.

El documento detalla acciones a tomar frente a los distintos escenarios, atendiendo la heterogeneidad de los establecimientos. Ante un caso confirmado de Covid-19, la persona deberá ser trasladada a su prestador de salud bajo las condiciones de bioseguridad establecidas.

Esto último siempre que no haya condiciones en el establecimiento para un adecuado aislamiento y correcto control del caso. Sólo se podrá hacer excepciones en casos considerados leves desde el punto de vista médico, y en los ELEPEM que cuenten con área de aislamiento y personal necesario y calificado.

Se indican además recomendaciones para los casos en que los residentes hayan tenido contacto con personas confirmadas de Covid-19 y las acciones que deben llevar a cabo los trabajadores para evitar la propagación del virus. Los responsables de los establecimientos tienen la obligación de notificar al MSP.

Por otra parte, la edad por sí sola no debe ser un criterio de exclusión para decidir traslados a centros hospitalarios o medidas de asistencia respiratoria, aunque se debe optimizar los dispositivos asistenciales, valorando a aquellos pacientes que probablemente no se beneficien del ingreso hospitalario.

En tal sentido hay una serie de criterios definidos, como el de pacientes con terminalidad oncológica o con enfermedades de órgano avanzadas en etapa terminal, pacientes con criterios de terminalidad neurodegenerativa, pacientes con deterioro funcional y dependencia crónica severa, entre otros.

En cada una de estas circunstancias los diagnósticos y fundamentos de no traslado deben ser consignadas en la historia clínica por el médico de la institución, el médico de referencia o el de emergencia, establece el documentos con todas las pautas a seguir en los residenciales.

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