El gobierno envió al Parlamento una propuesta que prevé la creación de municipios en localidades de 1.000 o más, equilibra las competencias con las intendencias, prioriza la planificación y redefine los concejos municipales. Además, establece la obligatoriedad de concursos para contratar funcionarios.
A partir de la creación del tercer nivel de gobierno, establecida en la Ley de Descentralización y Participación Ciudadana de 2009, y su complementaria de 2014, Uruguay cuenta en estos momentos con 112 municipios que abarcan el 31% del territorio nacional y el 71% de la población.
El proyecto enviado esta semana por el Ejecutivo al Parlamento, tras la aprobación del Consejo de Ministros, plantea la creación de nuevos gobiernos municipales en localidades a partir de los 1.000 habitantes, por lo tanto, unos 20 territorios estarían en condiciones de transformarse en municipios.
La iniciativa considera, además, la posibilidad de crear municipios en localidades de menos de 1.000 habitantes en determinados casos, pero con un concejo honorario, según lo explicado por el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Álvaro García.
El funcionario, señaló que el proyecto de ley fortalece el carácter colectivo de los distintos municipios que, en la actualidad, están conformados por cinco concejales y un alcalde, figura que pasará a ejecutar las obligaciones determinadas por el concejo.
En caso de aprobarse la iniciativa, los concejos estarán integrados por tres personas y, previo a cada elección, la Junta Departamental podrá considerar aumentarlos a cinco o siete en localidades de más de 2.000 o más de 50.000 habitantes, respectivamente.
A su vez, la integración de las juntas departamentales, que hasta ahora están conformadas por 31 ediles, estará basada en un sistema proporcional de 1 edil cada 5.000 habitantes, con un mínimo de 11 y un máximo de 31 escaños. Hoy, todas están integradas por 31 ediles.
Además de redimensionar el número de ediles, el proyecto jerarquiza el rol de contralor de las juntas departamentales sobre los concejos municipales, ya que habilita la solicitud de informes, interpelar al alcalde o, incluso, suspender a sus miembros del ejercicio de la función en caso de omisión o delito.
Por otra parte, se abarcan aspectos de participación, cooperación interinstitucional y planificación, y también, equilibra las competencias entre los gobiernos departamentales y municipales e impulsa una concepción de territorios inteligentes, con una idea integral en desarrollo económico y social.
Respecto de los recursos, cada concejo municipal podrá ordenar los gastos del presupuesto que se le haya asignado por parte de la intendencia departamental, la que únicamente tendrá derecho de revocación si los fondos ejecutados son mayores a los previstos.
El proyecto incluye mecanismos de acceso a la información y establece llamados públicos y abiertos, de oposición y méritos, para el ingreso de funcionarios a los gobiernos departamentales y municipales, lo que actualmente en la mayoría no se lleva a cabo porque hay ingresos directos.
Álvaro García dijo que se apunta así a profundizar los cambios iniciados en 2009 con la creación del tercer nivel de gobierno. Consideró que la descentralización “es un proceso a largo plazo, en el que muchos países tienen tradiciones centenarias, y que es beneficioso”.